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Daños por dolor y sufrimiento en casos de Acción de Supervivencia/Muerte por Negligencia

Helpless, hurt, depressed young man feeling completely crushed,

Las demandas por muerte por negligencia son reclamaciones presentadas por las familias de las víctimas fallecidas en accidentes para buscar compensación por el daño que sufrieron debido a la muerte–pérdida de compañía, gastos funerarios, etc.. Los demandantes en casos de muerte por negligencia no pueden buscar daños en nombre de las víctimas fallecidas del accidente, como sus facturas médicas o pérdida de ingresos. Sin embargo, un miembro de la familia que actúe como representante del patrimonio puede presentar una acción de supervivencia por daños que la víctima habría podido reclamar si hubiera sobrevivido, pero hasta hace poco, las acciones de supervivencia no permitían la recolección de daños no económicos como dolor y sufrimiento. Por lo tanto, las familias se quedaban sin recurso para el dolor, sufrimiento y otra angustia emocional que su ser querido fallecido sufrió como resultado de la negligencia de alguien más.

Una nueva ley de California corrige esa inequidad. La SB 447, firmada como ley y efectiva desde el 1 de enero de 2022, permite a un representante personal o sucesor en interés recuperar daños no económicos que el difunto habría podido recuperar si hubiera sobrevivido al accidente. Ahora, las familias pueden buscar compensación por el dolor, sufrimiento y desfiguración experimentados por su ser querido a causa de las partes responsables de su fallecimiento.

Historia y Propósito de la SB 447

Es común pensar en un accidente fatal como uno en el que la víctima sufre una muerte inmediata o casi inmediata, pero tristemente eso no siempre es el caso. Una víctima de accidente puede sufrir durante horas, semanas o incluso años antes de sucumbir a una lesión provocada por un choque de carro o camión, caída o mal funcionamiento de maquinaria pesada. Durante ese tiempo, la víctima del accidente puede experimentar un dolor y sufrimiento tremendos, lo cual puede ser casi igualmente insoportable para los familiares que no pueden aliviar el sufrimiento de su ser querido. La SB 447 fue aprobada con la idea de tener en cuenta este sufrimiento y asegurar que las partes responsables sean más plenamente responsables por el daño que causaron.

La SB 447 fue presentada el 16 de febrero de 2021. Fue aprobada por la legislatura el 9 de septiembre de 2021 y firmada por el Gobernador el primero de octubre. La ley, por sus términos, entró en vigencia el 1 de enero de 2022.

La SB 447 enmendó la sección 377.34 del Código de Procedimiento Civil de California. La ley de California ya reconocía las acciones de “supervivencia”, que permitían a los familiares sobrevivientes perseguir la reclamación por lesiones personales de su ser querido aunque la víctima hubiera fallecido. Sin embargo, antes de la SB 447, la recuperación en estas situaciones se limitaba a las pérdidas financieras de la víctima (facturas médicas, salarios perdidos), más daños punitivos si correspondía. Ahora, el CCP 377.34 permite a los demandantes en estas acciones recuperar daños monetarios por el dolor, sufrimiento o desfiguración experimentados por el fallecido.

Por crudo que pueda parecer, la antigua ley daba a las compañías de seguros un incentivo para negar y retrasar reclamaciones válidas y usar tácticas legales para retrasar la fecha del juicio tanto como fuera posible. Si la víctima fallecía antes del juicio, entonces los daños por “dolor y sufrimiento” quedaban fuera de la mesa y la exposición financiera del demandado era considerablemente menor. La SB 447 elimina ese incentivo y remueve cualquier “beneficio para el infractor”.

La Nueva Ley es Solo por Tiempo Limitado

Con la aprobación de la SB 447, California se une a la mayoría de los estados en ayudar a los familiares a alcanzar una medida más completa de justicia cuando pierden a un ser querido debido a la negligencia o mala conducta de otro. Sin embargo, la ley de California solo es efectiva para reclamaciones presentadas entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025. A partir del 1 de enero de 2026, la ley expira a menos que se tomen medidas adicionales para hacerla permanente. Esta disposición de caducidad puede verse como un compromiso entre facciones que apoyan y se oponen a la nueva ley. Mientras la ley esté en vigor, cada indemnización por muerte por negligencia se informará a una agencia gubernamental, con la idea de que la legislatura revisará estos informes antes de la expiración de la ley y decida si hacerla permanente, enmendarla o dejarla caducar.

Luchadores por la Justicia en el Sur de California

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