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Discriminación por Embarazo en California: Conozca sus Derechos

Strong pregnant woman pin up

El embarazo es un momento de alegría y anticipación, pero si usted está trabajando durante su embarazo también puede ser un momento de incertidumbre. En el estado de California, si está embarazada y ha decidido seguir trabajando, la ayudará el conocer las leyes vigentes diseñadas para protegerla. El Departamento de Empleo y Vivienda Justos de California describe sus derechos como empleada embarazada, así como las obligaciones que recaen sobre usted y su empleador.

Obligaciones del Empleador con Respecto a las Mujeres Embarazadas en California

La ley de California exige que los empleadores tengan la obligación de satisfacer razonablemente las necesidades de las empleadas que están embarazadas. Si está embarazada, puede esperar que su empleador cumpla con lo siguiente:

  • Los empleadores deben adaptarse razonablemente a las necesidades médicas de las empleadas embarazadas. Estas adaptaciones pueden incluir la modificación del área de trabajo para garantizar que la empleada embarazada esté cómoda y pueda realizar su trabajo. Esto incluye proporcionar a los empleadores un taburete o una silla para ayudar a aliviar las molestias y permitir descansos frecuentes si la empleada embarazada los requiere.
  • El empleador también tiene la obligación de modificar temporalmente las funciones de la trabajadora para aliviar los factores de estrés o las dificultades a las que pueda enfrentarse una empleada embarazada. Por ejemplo, una mujer embarazada puede ser reasignada a tareas de oficina si sus tareas anteriores incluían el levantamiento de objetos pesados o la realización de tareas laboriosas que pudieran comprometer su salud o la de su bebé.
  • Los empleadores también están obligados a trasladar a las empleadas embarazadas a puestos menos extenuantes o menos peligrosos, siempre que estos puestos estén disponibles, si es médicamente necesario.
  • Los empleadores están obligados a proporcionar a las empleadas embarazadas una licencia por incapacidad por embarazo (PDL) de hasta cuatro meses. Según el Departamento de Empleo y Vivienda Justos, se trata de los días de trabajo que un empleador haría normalmente en 1/3 de un año o 17 ⅓ semanas.
  • Cuando la empleada vuelve de su PDL, los empleadores deben reincorporarla al mismo puesto de trabajo o a un puesto comparable al que tenía antes de que se le considerara incapacitada por el embarazo. Sin embargo, si una empleada se acoge a la PDL, esto no la protege de una acción laboral no relacionada con el permiso, como un despido.
  • Los empleadores también deben proporcionar un tiempo de descanso razonable si una empleada necesita extraerse leche. Las empleadas tienen derecho a una habitación separada u otro lugar cercano a su área de trabajo.

Baja por Incapacidad por Embarazo en California

La PDL de una empleada la determina su proveedor de atención sanitaria y no es un periodo de tiempo automático. El proveedor de atención sanitaria puede determinar las bajas necesarias u otras adaptaciones que deben hacerse para la trabajadora embarazada.

Cuando una empleada obtiene la PDL debe informar a sus empleadores. La empleada tiene derecho a obtener una declaración escrita garantizada por parte del empleador de que, cuando se reincorpore al trabajo después de su PDL, volverá al mismo puesto que dejó. Los empleadores pueden exigir que la empleada presente un certificado médico de su proveedor de atención sanitaria que explique el motivo de la PDL.

La PDL ofrece a las empleadas embarazadas una serie de beneficios que incluyen, entre otros, los siguientes:

  • Pausas frecuentes durante la jornada laboral
  • Tiempo para las citas médicas, incluidos los cuidados prenatales y postnatales
  • Reposo en cama ordenado por un profesional de la salud
  • Baja laboral por náuseas matutinas graves, como la hiperémesis gravídica
  • Licencia para hacer frente a la diabetes gestacional, la hipertensión inducida por el embarazo, la preeclampsia y otras enfermedades relacionadas con el embarazo
  • Recuperación tras el parto
  • Tiempo libre por pérdida de un embarazo y/o depresión posparto

Dado que la PDL no es un periodo de tiempo automático, puede tomarse en cualquier momento según las necesidades. Su proveedor de asistencia sanitaria desempeñará un papel importante a la hora de determinar cuándo es necesaria la PDL, pero a menudo se toma como un horario de trabajo reducido o como un permiso intermitente. Este tiempo libre se descontará de los cuatro meses de permiso a los que tiene derecho en virtud de la PDL.

La PDL puede ser remunerada o no y depende de la política de los empleadores en cuanto a otras bajas médicas. Según el Departamento de Desarrollo del Empleo de California, las empleadas embarazadas pueden tener derecho a un seguro de incapacidad estatal o a una baja familiar retribuida mientras se toman la PDL.

Las empleadas también pueden utilizar las vacaciones u otro tiempo libre remunerado durante la PDL a su discreción. Los empleadores pueden exigir que se utilice la licencia por enfermedad durante la PDL.

Obligaciones de los Empleados

Como empleada, tiene ciertas obligaciones que debe cumplir también durante su embarazo.

Los empleadores deben avisarle con una antelación razonable para que pueda realizar los ajustes necesarios. Normalmente, el preaviso razonable es de unos 30 días. Los empleadores pueden justificar el retraso de las adaptaciones razonables si no avisan con antelación de sus necesidades durante el embarazo.

Para las empleadas que reúnen los requisitos necesarios, también puede tener derechos adicionales en virtud de la Ley de Derechos de la Familia de California de 1993.

Conozca sus Derechos

Contar con un representante bien informado de su lado puede ayudarle a navegar por sus derechos si fue discriminada por trabajar mientras estaba embarazada. Póngase en contacto con uno de nuestros abogados calificados hoy para discutir su caso y obtener la orientación que se merece. Llame a Ochoa & Calderón al 951-901-4444 en Riverside o al 844-401-0750 gratis en todo el sur de California.

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