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Law Offices of Ochoa & Calderon Abogados de Empleo y Lesiones de Riverside
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¿Se Puede Demandar al Empleador por Acoso Mientras se Trabaja desde Casa?

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La pandemia de COVID-19 cambió nuestra comprensión del lugar de trabajo, potencialmente de forma irreversible. Muchas empresas que pasaron al trabajo a distancia durante la pandemia han decidido mantener a sus empleados en el trabajo a distancia a tiempo parcial o completo, o al menos darles la opción de hacerlo. El trabajo a distancia elimina muchas de las molestias de trabajar en una oficina u otro lugar de trabajo, como la eliminación del tiempo de desplazamiento y la reducción de las distracciones. Sin embargo, el trabajo a distancia no ha resuelto todos los problemas de la oficina. Los empleados de California y de todo el país siguen siendo objeto de discriminación, acoso y otras conductas ilegales, tanto si están en la oficina como si trabajan desde casa. Si se trabaja desde casa, ¿se puede reclamar el acoso en el “lugar de trabajo”? ¿Puede haber un entorno de trabajo hostil si no está “en” el entorno de trabajo? Siga leyendo para informarse sobre los entornos laborales hostiles y las reclamaciones por acoso cuando se trabaja desde casa. Si ha sufrido acoso, discriminación u otro trato ilegal en su trabajo, llame a un abogado especializado en acoso laboral de Riverside para que le ayude.

Acoso y Entornos Laborales Hostiles

El acoso laboral es ilegal según las leyes laborales de California y federales. El acoso se considera una forma de discriminación ilegal en el lugar de trabajo. El acoso puede adoptar muchas formas, incluyendo cualquier tipo de comportamiento no deseado o políticas que tengan que ver con la raza, el color, el género, la identidad sexual, el origen nacional u otras características inmutables de un empleado. Algunos ejemplos de conductas de acoso son

  • Bromas o imágenes ofensivas
  • Lenguaje ofensivo, como insultos racistas o calificativos
  • Agresiones físicas o verbales como amenazas, intimidaciones o burlas
  • Insultos personales, objetos o imágenes que interfieren con la capacidad de un empleado para hacer su trabajo
  • Contacto físico no deseado
  • Avances sexuales no deseados, solicitud de favores sexuales o conducta sexual física

Para constituir un acoso ilegal, la conducta no puede ser una molestia puntual y sin importancia. Para llegar al nivel de ilegalidad, la conducta debe ser tan ofensiva o tan generalizada como para crear un entorno de trabajo hostil que ninguna persona razonable toleraría. Es poco probable que un solo comentario de un compañero de trabajo cree un entorno laboral hostil, aunque puede haber circunstancias en las que un solo comentario o acción sea tan ofensivo como para alcanzar el nivel de ilegalidad. Lo más habitual es que un empleado esté sometido a un acoso regular, ya sea perpetrado o permitido por los supervisores.

Una reclamación por acoso sexual también puede basarse en el acoso “quid pro quo”. El acoso quid pro quo implica condicionar los beneficios del empleo a la provisión de favores sexuales; por ejemplo, ofrecer ascender a un empleado si tiene una cita con un supervisor, o amenazar con despedir a un empleado si dice que no.

Trabajo a Distancia y Acoso

Los empresarios son responsables de poner fin a cualquier conducta de acoso que se produzca. Son directamente responsables del acoso perpetrado por los supervisores y también pueden ser considerados responsables si permiten el acoso continuado perpetrado por los compañeros de trabajo. Estos factores no cambian sólo porque alguien trabaje a distancia.

Trabajar desde casa elimina parte de la interactividad entre los empleados, pero no toda. Los trabajadores pueden seguir siendo objeto de acoso en forma de mensajes, correos electrónicos, llamadas o imágenes ofensivas. Las bromas o imágenes ofensivas en chats, correos electrónicos, llamadas telefónicas o videollamadas son tan problemáticas como si se perpetraran contra un compañero de trabajo en persona. Compartir memes ofensivos, cambiar el nombre de visualización de un compañero de trabajo en Zoom, u otros comportamientos dirigidos a las características protegidas de un trabajador (género, raza, identidad sexual, etc.) son procesables en un entorno de trabajo remoto al igual que lo serían si el empleado estuviera trabajando en la oficina.

Los empleados que sufren acoso mientras trabajan a distancia tienen que cumplir las mismas normas para presentar reclamaciones que los que trabajan en la oficina. Deben demostrar que existe un entorno laboral hostil o una forma de acoso quid pro quo. Si la conducta es tan ofensiva o generalizada que una persona razonable se sentiría amenazada o maltratada, entonces podría tener una reclamación contra su empleador. En el entorno del trabajo desde casa, puede ser incluso más fácil demostrarlo mediante chats guardados, correos electrónicos y otras comunicaciones digitales.

Llame a un Abogado Laboralista para que le Ayude a Recuperarse Después del Acoso Laboral

Para obtener ayuda para recuperar la compensación después de experimentar el acoso o un ambiente de trabajo hostil en el sur de California, llame a Ochoa & Calderón para discutir su caso con un abogado de trabajo y empleo de California dedicado y completo. Llame al 951-901-4444 en Riverside o al 844-401-0750 gratis en todo el sur de California.

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